Modelo 347: ¿la presentación se realiza en enero o en febrero?

Miércoles, 24 Octubre, 2018

Nos sentimos aliviados. Hacienda nos hizo caso y queremos compartir esta buena noticia contigo.

Todos sabemos que enero es un mes exhaustivo para autónomos y para las Pymes, también lo es para las asesorías fiscales.

En este mes se cierra el cuarto trimestre y se realizan los resúmenes anuales del ejercicio fiscal.

En verano de 2017, Hacienda quiso adelantar la presentación del Modelo 347 de febrero a enero y a las asesorías fiscales de España nos hizo mucha gracia, estuvimos en desacuerdo.

La buena noticia es que la Agencia Tributaria escuchó lo manifestado por la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETTAF) junto a la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), de que el Modelo 347 se siga presentando en el mes de febrero.  

Quizá estés pensando, me encanta lo que me cuentas, pero ¿Qué es el Modelo 347?

El modelo 347 es la declaración de operaciones con terceras personas. Es un modelo de carácter informativo, porque no supone el pago o devolución de dinero.

¿Quiénes tienen la obligación de presentar este modelo?

El modelo 347 deben presentarlo cada año todos los autónomos y Pymes que hallan realizado operaciones con clientes o proveedores y que superen la cantidad de 3.005,06€ durante el ejercicio anterior.

¿Cuándo se debe presentar a Hacienda la declaración de operaciones con terceras personas?

Este modelo informativo, a la vez que obligatorio, es un resumen anual que debe presentarse en febrero del siguiente año. Si el modelo 347 es del año 2018, se presentará entre el 1 y el 28 de febrero de 2019.

Que la presentación del Modelo 347 lo realice una Asesoría Fiscal, tiene dos ventajas importantes:

  1. Máxima calidad en la presentación del modelo informativo.
  2. Ahorra posibles labores de comprobación por parte de Hacienda, ya que este modelo sirve para controlar el fraude fiscal.

Realizar este impuesto es tarea complicada, porque se deben cruzar datos de los proveedores y los clientes. Su presentación es obligatoria a la mayoría de autónomos (personas físicas) y sociedades (personas jurídicas).

 

El enlace para presentar el Modelo 347 en la Agencia Tributaria es este , pero si quieres ayuda profesional porque no sabes cómo hacerlo, contacta hoy mismo con nosotros aquí.

 

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