¿Te gusta tener atenciones con tus clientes o proveedores? Descubre cuáles son deducibles

Jueves, 21 Diciembre, 2017
¿Qué atenciones a clientes y proveedores son deducibles?

Recuerda que los gastos que tu empresa destine a la adquisición de obsequios y atenciones a clientes o proveedores, son deducibles hasta el límite del 1% de su cifra de negocios.

 

Por lo que, todo lo que supere dicha cantidad no será deducible, y por tanto no se ahorrará el 25% del Impuesto sobre Sociedades.

 

Dentro de estas atenciones están incluidos:

 

1) Los gastos por invitaciones a comidas, muestras gratuitas o bienes de escaso valor con fines promocionales.

 

2) Obsequios genéricos (Por ejemplo, entrega de botellas de vino con ocasión de las Fiestas de Navidad).

 

3) Gastos, que habitualmente realices con el personal de la empresa en estas fechas (Por ejemplo, las cestas de navidad).

 

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